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Disposición: Adicional Novena.- Uno. Se crean en la Administración del Estado los siguientes Cuerpos de funcionarios:(...)
4. Cuerpo Superior de Letrados del Estado, en el que se integran los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de Abogados del Estado, Técnico de Letrados del Ministerio de Justicia, Letrados de la Dirección General de Registros y Notariado y Letrados del Consejo de Estado.
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